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Ayuda: El arrendamiento de uso distinto a la vivienda habitual incluye el alquiler de temporada o turístico, de habitación, de local, etc.
¡Ojo!: La fecha de tu contrato de alquiler es importante ya que las condiciones del desistimiento varían según si tu contrato es anterior al 6 de junio de 2013 o posterior a dicha fecha: - Anteriores al 6 junio 2013: El inquilino puede desistir libremente una vez que hayan transcurrido 5 años, siempre que el contrato tuviera una duración superior a este período. Debe comunicarlo con al menos 2 meses de antelación. - Posteriores al 6 junio 2013: El inquilino puede desistir una vez que hayan transcurrido al menos 6 meses desde la firma, pero ha de comunicarlo con al menos 1 mes de antelación.
¡Ojo!: Los contratos de uso distinto a vivienda: se rigen por lo pactado por las partes en el contrato y el Código Civil. Por tanto, si no habéis pactado la posibilidad de un desistimiento del alquiler, es posible que el arrendador se oponga al mismo o te solicite una indemnización. Consulta con nuestros expertos legales si tienes dudas.
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