Contrato de depósito de fianza para el alquiler

¿Estás interesado en alquilar tu vivienda? Pues bien, deberías saber que te conviene firmar un contrato accesorio de depósito de fianza para el arrendamiento. Éste garantizará el cumplimiento del contrato principal de alquiler. Utiliza nuestro modelo para proteger tu propiedad y asegurar el pago por parte del arrendatario.

Depósito de fianza

Antes de seguir avanzando, ¿sabes qué es una fianza? No te preocupes, te lo explicamos:

La fianza es la garantía por la cual, los propietarios de un bien que va a alquilarse, se aseguran del pago pactado en el contrato de alquiler.

Según el depósito de fianza, si el inquilino mantiene la propiedad, ésta le será devuelta según lo estipulado en el contrato. Si incumple el contrato de arrendamiento, (por ejemplo, no paga el alquiler) el propietario puede quedarse el dinero de la fianza. También protege al propietario por pérdidas y gastos derivados del mal uso de la cosa o el incumplimiento de pactos.

 ¿Quieres realizar un contrato de arrendamiento de vivienda habitual? ¡Aquí te dejamos nuestro modelo!

Características de la fianza

  • Partes: puede ser utilizada por cualquier persona, particular o empresa.
  • Objeto: tanto para bienes inmuebles (vivienda, terreno rústico o urbano, local, industria o negocio…), como para muebles (vehículos, maquinaria, etc.)
  • Ésta ha de ser depositada en una entidad bancaria hasta la finalización del contrato.
  • Su depósito es obligatorio para el alquiler de inmuebles, según dispone el artículo 36 de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre de Arrendamientos Urbanos.
  • La cantidad debe ser entregada en metálico.
  • Tras finalizar el contrato, la cantidad depositada se devuelve al inquilino o persona que alquiló la cosa. La devolución no se llevará a cabo si:

 1. El contrato ha finalizado antes de término por causas imputables al inquilino.

 2. Falta alguna mensualidad por pagar.

 3. La cosa ha sido desmejorada o destruida, pudiendo generar en el inquilino la responsabilidad de tener que indemnizar del daño al arrendador.

¿Qué cubre el deposito de fianza de arrendamiento?

  • El pago de las mensualidades.
  • Cumplimiento de las obligaciones contractuales: como la duración total del contrato, obras o mejoras pactadas, etc.
  • Los posibles gastos por reparaciones tras la finalización del contrato de alquiler.

¿Dónde se deposita o guarda la fianza?

El Gobierno de España ha puesto a disposición de los ciudadanos que celebren un contrato de alquiler un servicio de depósitos seguros de la fianza, siendo obligatorio para el arrendatario guardarla ahí hasta finalizar el contrato. Dependiendo de la Comunidad Autónoma donde residas, te corresponderá una oficina diferente para depositar la fianza

¿Qué cantidad se ha de depositar?

  • Contrato de alquiler de vivienda: En este acuerdo se deposita, por lo general, lo correspondiente a un mes de renta, pudiendo ser otra cantidad según lo acordado por las partes.
  • Alquiler de uso distinto a la vivienda: Dos mensualidades de renta. Se consideran arrendamientos de uso distinto al de vivienda, entre otros, los de vivienda por temporada y los de locales. Te dejamos enlazados nuestros modelos, por si te interesa realizarlos.
  • El alquiler de industria o negocio que implique la cesión del uso de la finca: Dos mensualidades de renta.
  • Alquiler de bienes muebles: Según lo pactado por las partes.

En caso de subarrendamiento, la cantidad a depositar será la misma que la del alquiler inicial.

En caso de necesitar más información, estaremos encantados de ayudarte.

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