La validez y legalidad de la firma electrónica

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Una de las dudas más frecuentes que surge a todo usuario que utiliza la firma electrónica por primera vez es: ¿Realmente es legalmente válida esta firma electrónica? Te adelantamos desde ya la respuesta: Un claro sí.

La firma electrónica goza de plena validez y legalidad en toda la Unión Europea. No solo eso, sino que, como tratamos en el post anterior, trae muchas más ventajas que la firma manuscrita. De hecho, la firma electrónica es incluso más segura que la firma manuscrita.

A lo largo de este post, veremos dónde queda recogida dicha validez y legalidad, qué es la firma electrónica avanzada y un recordatorio de sus ventajas.

¿Es legal y válida la firma electrónica?

Anteriormente, la firma electrónica se encontraba regulada por la Ley 59/2003 de firma electrónica.

Sin embargo, con la entrada en del nuevo Reglamento conocido como eIDAS, ha quedado regulada en un régimen único y común para la UE en lo relativo a la identificación electrónica y los servicios de confianza para las transacciones electrónicas. Desde su entrada en vigor, la firma electrónica se reconoce como legal y válida en toda la Unión Europea.

Así lo dice el propio Reglamento en su artículo 25: “No se denegarán efectos jurídicos ni admisibilidad como prueba en procedimientos judiciales a una firma electrónica por el mero hecho de ser una firma electrónica o porque no cumpla los requisitos de la firma electrónica cualificada.”

Vale, ya me ha quedado claro que la firma electrónica es legal, válida y que hasta se admite como prueba en un juicio. Pero no termino de fiarme del todo…

Precisamente por eso, desde legalbono no operamos con una firma electrónica a secas. Queremos no solo que sepas que la firma electrónica es totalmente válida y legal, sino que estés convencido de ello. Por eso, utilizamos la firma electrónica avanzada.

La firma electrónica avanzada: Un paso más allá.

Te preguntarás: “¿qué es la firma electrónica avanzada?” Pues muy sencillo. Es una firma electrónica que, según el artículo 3 del Reglamento, cumple los siguientes requisitos:

  • “Estar vinculada al firmante de manera única;
  • Permitir la identificación del firmante;
  • Haber sido creada utilizando datos de creación de la firma electrónica que el firmante puede utilizar, con un alto nivel de confianza, bajo su control exclusivo, y
  • Estar vinculada con los datos firmados por la misma de modo tal que cualquier modificación ulterior de los mismos sea detectable.

La firma electrónica es el equivalente electrónico de nuestra firma manuscrita. Su función sigue siendo la de identifica al firmante de forma única igual que su firma manuscrita y verificar que los documentos firmados no hayan sido alterados por terceras partes.

Como ves, la cosa cambia. La firma electrónica avanzada ya no es que sea igual de fiable que la firma convencional, sino que trae muchas más ventajas que ésta.

Ventajas de la firma electrónica avanzada

Con el artículo anterior en la mano, podemos observar como la firma electrónica avanzada:

  • Crea un vínculo único con el firmante: Asegura que, efectivamente, nadie más que él puede utilizar dicha firma a través de una clave única.
  • Identifica al firmante: La firma recoge datos como el email o la geolocalización del dispositivo, para verificar la identidad del firmante.
  • Permite detectar cualquier cambio que se realice en el documento tras la firma: Este se registra de manera cifrada y segura para limitar cualquier modificación en el documento una vez firmado, garantizándose la integridad de todos los datos asociados a la misma.
  • Es creada por medios que están bajo el control del firmante: Al confirmar su identidad vía SMS a su teléfono móvil, el firmante siempre mantiene el control.

Ahora ya sabes por qué la firma electrónica avanzada es más que válida, legal, fiable y segura. Puedes disfrutar de sus ventajas utilizándola en nuestra plataforma legalbono.

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¿Y tú? ¿Te animas a probarla?

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