Cesión de derechos de propiedad intelectual

¿Quieres saber cómo transferir a otra parte los derechos de la propiedad intelectual?

La propiedad intelectual se refiere, por ejemplo, a marcas, patentes, derechos de autor… 

El contrato de cesión de derechos de propiedad intelectual (Propiedad Intelectual) es la mejor forma de asegurarse de que los derechos están correctamente identificados y asignados, y ambas partes tienen claras sus posibilidades y recursos.

¿Son transmisibles los derechos de propiedad intelectual?

Sí, a excepción de los derechos morales del autor de una obra. Estos no se pueden transmitir.

La normativa sólo permite transmitir los derechos de propiedad intelectual de estas dos formas:

    • “Mortis causa”: por cualquiera de los medios admitidos en derecho.
  • Por actos “inter vivos”: mediante documento escrito de cesión de derechos.

Cuándo y cómo utilizar esta cesión de la propiedad intelectual

Con el contrato de cesión de derechos de propiedad intelectual podrás transferir a otra parte los derechos sobre la propiedad intelectual, por ejemplo, los que recaen sobre una marca registrada, derechos de autor o por una patente.

Este contrato de cesión contiene una serie de cláusulas para la protección de los derechos de autor. En él debe especificarse:

  • Las partes: autor o cedente (si es su representante), y cesionario o entidad cesionaria que recibe la titularidad.
  • Los derechos asignados: Pueden ser derechos registrados, no registrados o una combinación de ambos.
  • La transmisión que garantiza la titularidad: especificando si es plena (exclusiva) o limitada (no exclusiva).
  • El precio pagado por la cesión.
  • Los derechos excluidos de ese título (opcional).
  • Una selección de garantías.
  • Cláusulas penales: indemnizaciones en caso de uso inapropiado o fuera del contrato (opcional).

La cesión de derechos de propiedad intelectual se lleva a cabo mediante un contrato escrito entre el autor y el tercero que va a adquirir esos derechos, en el cual se reconozca que es el autor de la obra y tiene todos los derechos sobre la misma. Es el modo de prevenir la responsabilidad que pueda devenir por quien cede los derechos de una obra que realmente no es suya. En las siguientes líneas veremos detenidamente su contenido.

Contenido del contrato de cesión de derechos de Propiedad Intelectual

A continuación, analizaremos el contenido y características de los contratos de cesión:

– Remuneración (precio)

Cantidad que recibirá el autor por la cesión de los derechos. Este pago es realizado por la persona o entidad que recibe la titularidad de estos derechos de explotación. Podrá ser en un desembolso único o en porcentajes proporcionales a la explotación.

– Duración del contrato

El autor cede los derechos de explotación de su obra por el plazo máximo que se acuerde en el contrato. Transcurridos 70 años tras su muerte, pase a ser de dominio público.

– Territorio en que actúa

Los contratantes pueden pactar dónde va a actuar este contrato de cesión y en qué límites. La cesión de los derechos de explotación puede extenderse a todos los países del mundo o sólo a un territorio.

– Intransmisiblilidad

La cesión se entiende realizada para el uso único y exclusivo que el contrato dicte. Se entiende como una utilización pacífica y de buena fe de esos derechos.

De usarse sin autorización, puede suponer una infracción de los derechos de PI, y el titular podrá ejercer las acciones penales y/o civiles previstas en la ley y en las cláusulas penales del contrato.

– Garantías: carácter de la exclusividad

Con el contrato de cesión se garantiza la autoría y originalidad de la obra cedida, así como el uso pactado dentro de los parámetros legales permitidos.

Inscripción

Para la validez del contrato de cesión de derechos de propiedad intelectual, el titular o el que compre la cesión deberá acudir a su inscripción en el registro general de la propiedad intelectual.

Debes solicitar ayuda legal si alguna de las partes se encuentra fuera de España. 

Entidades de gestión

Junto al registro, otro medio de protección del derecho de la propiedad intelectual es la gestión proporcionada por una Entidad de gestión, quien actúa en nombre del autor.

Las entidades de gestión son asociaciones sin ánimo de lucro de titulares de propiedad intelectual, que se presentan como una garantía para una eficaz administración de los derechos del titular, buscando beneficiar tanto a los autores de las obras como a los usuarios.

Solicita ayuda a nuestros expertos en propiedad intelectual para la elaboración de tu contrato de cesión de derechos de propiedad intelectual. 

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