¿Estás pensando en cómo crear una empresa? Debes saber que es necesario constituir algún tipo de sociedad, sobre todo cuando sean dos o más personas las que deciden emprender juntos un proyecto empresarial.
¿Sabes qué tipos de empresas se ajustan mejor a tu proyecto de futuro? Veamos las opciones que hay:
Si tienes una idea y quieres hacerla realidad, pero tienes muchas dudas para comenzar, sigue leyendo nuestra guía. En ella te vamos a dar las claves para saber cómo crear una empresa y sus posibles formas de constitución. Al comenzar nuestro negocio, podemos constituirlo cómo empresario individual o formando una sociedad. Te explicamos todas sus características.
Persona física que lleva de forma habitual, directa y personalmente la administración de una empresa. Es una actividad profesional por cuenta propia, sin la dirección de otra persona.
Es una forma de autoempleo, pues el autónomo es propietario de la empresa y trabajador, independientemente de la actividad que desarrolle y del tipo de trabajo que realice. Normalmente, es utilizada para la venta al por menor (tiendas) y por profesionales de sectores especializados (decorador, fontanero, electricista, etc.).
Para la constitución de una Sociedad Civil, los interesados han de firmar un contrato privado en el que se detalle qué van a aportar a ésta (dinero, bienes inmuebles, etc.) y el porcentaje de participación que cada socio tiene en las pérdidas y ganancias de la Sociedad. Esta sociedad tiene la ventaja de ser sencilla de constituir. Por otro lado, su desventaja es que los socios responden con su patrimonio personal en caso de insolvencia.
En el caso de que los socios aporten inmuebles o derechos, la constitución de la S.C. no será efectiva hasta ser formalizada mediante Escritura pública notarial y que se abonen los impuestos correspondientes. Otra característica de la sociedad civil es que carece de personalidad jurídica propia y no se considera una sociedad mercantil. Por ello, sus miembros deben tributar por el IRPF y no por el impuesto de sociedades.
Entre los tipos de sociedades, es la más habitual. Sobre todo, en el caso de pequeños empresarios y la más recomendable para operar en el tráfico jurídico para la mayoría de las actividades comerciales. Veamos sus principales características:
1. Fundación simultánea o por convenio: El más utilizado por su simplicidad, los socios fundadores son los que otorgan la escritura social.
2. En forma sucesiva o por suscripción pública de acciones: Los socios y administradores tienen la obligación de inscribir en el Registro Mercantil la escritura pública de constitución en el plazo de dos meses a partir de su otorgamiento.
Es esencial delimitar cuál será tu responsabilidad patrimonial. Ya tienes las claves sobre cómo crear una empresa. Para un asesoramiento jurídico detallado, no dudes en contactar con nuestros especialistas en la materia.
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