Contrato de alquiler de vivienda habitual o uso distinto

Mediante el contrato de alquiler habitual o uso distinto, tanto particulares como empresas pueden disfrutar del uso de un inmueble durante el tiempo acordado a cambio de pagar una renta.

¿Cuáles son los componentes del contrato de alquiler?

  • Las partes: ellas acuerdan qué inmueble se alquila, durante qué periodo y a cambio de qué precio. En los contratos de arrendamiento intervienen normalmente dos partes: el propietario del inmueble o un arrendador anterior que desea subarrendar, y el inquilino, que pueden ser una o varias persona.
  • El inmueble: se entiende por una vivienda, terreno, local o industria. En estos dos últimos pueden incluirse en los accesorios el vehículo de empresa, las máquinas, los materiales, etc.
  • El tiempo de duración: debe estar determinado y variará en función de para qué se esté alquilando. Es decir, según sea para vivienda habitual o de larga duración, para una temporada corta, por años, por semanas, por días…
  • El precio: a cambio del uso y disfrute del inmueble, el inquilino pagará una cuantía. Será acordado por las partes, así como los plazos de pago y el método de pago preferido.

¿De qué formas puedo alquilar una vivienda?

A continuación, veremos qué tipos de arrendamientos son los más comunes:

  • Alquiler de vivienda habitual: en este contrato las partes se comprometen a que la vivienda será la residencia habitual o permanente del inquilino. El periodo se extiende de 3 a 5 años (prorrogable por plazos).
  • Alquiler de temporada: normalmente se pactan periodos inferiores al año para trabajadores desplazados, estudiantes, para turistas, etc. Pueden tener una duración muy variada (días, semanas o meses), según a qué se destine.
  • Alquiler para uso distinto al de vivienda habitual: arrendamientos realizados con otros fines distintos al uso como vivienda. Por ejemplo, el alquiler de una plaza de garaje, de un trastero o de un local de comercio.
  • Alquiler con opción a compra: en este contrato doble las partes acuerdan:
    • Por un lado, el contrato de alquiler, donde se establecerá la duración y el precio.
    • Por otro, el contrato de opción a compra del inmueble. Contiene el tiempo estimado para ejercitar la opción a compra y la cantidad a pagar por la misma (prima inicial, cuota…).

Cláusulas adicionales en contratos de alquiler de vivienda

Junto al contrato de alquiler y sus documentos básicos, es común que se adjunten contratos accesorios para constituir una fianza, el aval, el seguro… También aquellos que tratan sobre las obras, reparaciones o el mantenimiento del inmueble. Estos contratos tendrán diferentes cláusulas. Hay que tenerlos en cuenta y establecer cuál será su régimen:

  • Garantías: Si hay fianza, se adjuntará al documento indicando la fecha de pago, su devolución y motivos por los que el inquilino dejaría de recibirla. Por ejemplo, romper los muebles o incumplir el contrato.
  • La opción a compra y el derecho de compra preferente: Se contrata el alquiler de una vivienda por un tiempo determinado (suelen ser 5 años) y una vez pasado ese plazo, el inquilino tiene prioridad para adquirir la propiedad del inmueble. Además lo pagado por el alquiler reduce el precio final de compra.
  • Subarriendo, cesión y contrato de alquiler de habitación: no se podrá subarrendar o ceder a un tercero a menos que el propietario de su consentimiento expreso y por escrito. Puede ser en el momento de celebrar el contrato de alquiler o posteriormente. Como excepción, el cónyuge o parientes directos que convivan en la vivienda tienen derecho a subrogarse en el contrato y continuar como arrendatarios.
  • Seguro de alquiler: para una mayor seguridad y garantía, cubrirá los riesgos del arrendamiento.
  • Uso, disfrute y finalidad del alquiler: Establecer en el contrato la finalidad, uso y disfrute del alquiler mejora las relaciones entre arrendador y arrendatario.
  • Obras, reparaciones y conservación del bien: Las partes deben aclarar qué tipo de obras para la mejora y conservación de la vivienda, local o terreno pueden hacerse. Además, establecerá quién se hará cargo de éstas. Hecha un vistazo a la guía “Términos y condiciones del contrato de alquiler urbano” para conocer sus posibilidades.

¿Qué documentos son necesarios para celebrar de forma segura un contrato de alquiler?

Será imprescindible adjuntar al contrato los siguientes documentos:

  • DNI, Pasaporte o documento que identifique al propietario e inquilino/os.
  • Hacer un inventario escrito o fotográfico de los muebles y accesorios que contiene el inmueble es muy recomendable. Con ello, evitarás problemas en caso de que el inquilino desmejore o destruya algo o trate de apropiarse de algún objeto al finalizar el alquiler.

Recuerda que el contrato debe ir firmado por ambas partes y llevar adjunta copia de los documentos requeridos. Si usas nuestro modelo para elaborar tu contrato, podrás aprovechar la firma online segura y compartirlo en unos segundos desde cualquier lugar.

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