Hola, futuro anfitrión.
Te estábamos esperando.
Si quieres cumplir con la ley, te lo ponemos fácil
Andalucía es una de las comunidades autónomas más visitadas de España. Nuestro buen clima, gastronomía y oferta cultural atraen cada año a miles de extranjeros. Son muchos los andaluces que, aprovechando esto, obtienen unos ingresos extra alquilando su vivienda. Sin embargo, si vas a ofrecer un alojamiento turístico conviene estar bien informado para cumplir con la ley y evitar multas y sanciones. Por ello, hemos elaborado esta sencilla guía que esperamos te sea de utilidad.
¿Cuándo se considera mi alojamiento vivienda turística?
Toda vivienda ubicada en suelo de uso residencial donde se oferte un servicio de alojamiento de forma habitual y con fines turísticos a cambio de un precio, ofertándose por los canales de oferta propios de este ámbito (Airbnb,Homeaway,agencias...), es una vivienda turística.
Pueden ser:
En cualquier caso, no se puede superar las 4 plazas por habitación
¿Qué no es una vivienda turística?
No se consideran viviendas turísticas:
- Cesiones sin contraprestación económica
- Viviendas alquiladas por más de 2 meses por una misma persona
- Alojamientos ubicados en el medio rural
- Conjuntos de 3 o más viviendas de un mismo titular ubicadas en el mismo edificio, complejo o edificios contiguos
¿Con qué requisitos debo de cumplir si tengo una vivienda turística?
Los requisitos de las viviendas con fines turísticos son muy asequibles y quedan definidos en el artículo 6 del Decreto 28/2016, de 2 de Febrero, de las viviendas con fines turístico:¡Ojo! Si no se presenta la declaración responsable la actividad se considerará clandestina. Las multas pueden ir desde los 2.001€ hasta los 18.000€
¿Qué debo hacer para inscribirme en el Registro de turismo de Andalucía?
Se trata de un trámite muy sencillo y totalmente gratuito. Los pasos que debes dar son:- Deberás formalizar una declaración responsable en la que manifiestes el cumplimiento de los requisitos mencionados.
- Deberás inscribir el alojamiento en el Registro de Turismo de Andalucía (a través de un formulario online o en la delegación territorial de la consejería en tu provincia).
- Se te facilitará un código de inscripción que deberá aparecer en toda publicidad o promoción que hagas, sea cual sea el canal.