Contrato de donación

Si tienes intención de realizar una donación y no sabes cómo hacerla de un modo seguro, utiliza nuestro contrato de donaciónEste acuerdo te permitirá regalar a otra persona algo de valor y, si es necesario, realizar su inscripción de manera gratuita en el Registro de la Propiedad. 

Con nuestro modelo obtendrás todas las garantías que necesitas para efectuar con tranquilidad tu donación. Sin embargo, podrás contactar con nuestros especialistas si necesitas más asesoramiento.

 

Comienza tu contrato

 

Utiliza el contrato de donación si…

  • Quieres regalar alguna de tus posesiones a otra persona.
  • Pretendes donar algo de tu propiedad a una organización o empresa.

Características del contrato de donación

  • La donación es gratuita y voluntaria. El que la recibe no tiene obligación de darte nada a cambio.
  • El receptor (quien recibe la donación) debe aceptarla para que sea válida. En el caso de que no la aceptase, el acuerdo no sería válido.
  • El donante no puede regalar todo su patrimonio. Debe conservar lo necesario para poder vivir, si no, la donación sería nula.
  • La donación no se puede hacer sobre bienes futuros, ya que los bienes que se donen deben ser propiedad del donante en el presente.
  • Solo podrán donarse objetos con los que esté permitido comerciar, es decir, que sean transferibles a terceros (una vivienda, una joya…).

Aspectos a tener en cuenta…

  • Inscripción en el Registro público: Si donas un inmueble, como por ejemplo una vivieda, esta deberá ser correctamente registrada en el Registro de la Propiedad.
  • Impuesto de donaciones: Al ser la donación un acto gratuito que enriquece a quien la acepta, el receptor deberá pagar los impuestos correspondientes por el aumento de su patrimonio.
  • Bonificaciones del impuesto: Ten en cuenta que hay ciertos casos en los que quien recibe la donación puede reducir el importe el impuesto a pagar aprovechándose de las bonificaciones existentes, como por ejemplo cuando la donación se produce entre familiares directos o al cónyuge del donante. Si desconoces qué bonificaciones existen o cuáles serían aplicables a tu caso, consulta con nuestros expertos.

Puede revocarse el contrato de donación si el que recibe la donación…

  • Comete algún delito contra la persona, la honra, o los bienes del donante, ascendientes, descendientes o cónyuge del mismo.
  • No cumple las cargas o gravámenes impuestos por el donante.
  • Se niegue a prestar alimentos al donante necesitándolos.
  • No cumple con la condición que contiene la donación.

Si estás pensando en realizar una donación y sigues teniendo dudas, acude a nuestros especialistas. Ellos te asesorarán en todo el proceso.

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