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Contrato reserva compraventa con arras

Contrato reserva compraventa con arras

Step 1 of 13

7%
  • Datos básicos

  • ¿En qué fecha y lugar se firma el contrato?

  • DD slash MM slash YYYY
  • ¿Quién vende?

    El vendedor se refiere a la persona que firma el contrato de compraventa, sea propietario o no. Más adelante, podrás poner el nombre y datos del propietario si el vendedor es su representante. Recuerda que será necesario adjuntar una copia del documento de identidad.
  • ¿El vendedor es el propietario del inmueble?

  • ¿Quién es el propietario y qué documento autoriza a la firma del contrato?

    Indica los datos sobre la persona o empresa a la que representa, el documento que le autoriza, y dónde o quién lo otorga. Recuerda adjuntar copia de los documentos de prueba.
  • DD slash MM slash YYYY
  • ¿Quién compra?

    Indica los datos que se solicitan del comprador y recuerda que será necesario adjuntar una copia del documento de identidad.
  • ¿El comprador firma en su propio nombre o representa a otra persona?

  • ¿A quién representa o administra el comprador?

    Indica los datos sobre la persona o empresa a la que representa, el documento que le autoriza, y dónde o quién lo otorga. Recuerda adjuntar copia de los documentos de prueba.
  • DD slash MM slash YYYY
  • ¿Dónde se encuentra el inmueble?

    Al hacer una descripción de la finca puedes indicar, por ejemplo, si es una vivienda unifamiliar de varias plantas, con X habitaciones, X baños, cocina... O si es una finca de cultivo, de regadío..., etc.
  • ¿El inmueble tiene accesorios? Plaza de garaje, trastero, almacén...

    Es decir, si tiene accesorios del tipo plaza de garaje, trastero, almacén...
  • ¿De qué se trata?

    Escribe toda la información de la que dispongas, por ejemplo: Plaza de garaje de... metros cuadrados, situada en el garaje común, con el nº..., Referencia catastral...
  • ¿A qué cantidad asciende el importe total de la compraventa?

    Escribe el precio total acordado por la compraventa.
  • ¿Cuál será la forma de pago de las arras y cuáles serán los plazos para pagar?

    Las arras de reserva se pagan antes de proceder a la compraventa con el fin de mantener en vigor el pacto entre las partes durante un plazo de tiempo.
  • Cantidades de la reserva y pagos

    Según la situación y necesidades de las partes, el pago del dinero puede hacerse en un solo pago o en varios. Lo mejor es acordar previamente que forma preferís.
  • DD slash MM slash YYYY
  • Cuantía de la reserva y datos del banco

    Según la situación y necesidades de las partes, el pago del dinero puede hacerse en un solo pago o en varios. Lo mejor es acordar previamente la forma que preferís.
  • Cuantía restante y forma de pago

    Según la situación y necesidades de las partes, el pago del dinero puede hacerse en un solo pago o en varios.
  • MM slash DD slash YYYY
  • ¿Cuándo formalizaréis la compra?

    Es recomendable acordar previamente qué forma y lugar preferís.
  • DD slash MM slash YYYY
  • ¿Cuál será la vía de contacto?


  • Contrato reserva compraventa con arras

    En , , a .


    REUNIDOS


    De una parte, , mayor de edad, , con documento de identificación número , de nacionalidad , y domicilio a efectos del presente contrato en , , en lo sucesivo, la Parte vendedora.

    Y de la otra, , mayor de edad, , con documento de identificación número , de nacionalidad , y domicilio a efectos del presente contrato en , , en lo sucesivo, la Parte compradora.


    INTERVIENEN



    MANIFIESTAN


    I.- Que la Vendedora se compromete a vender a la Compradora la siguiente finca:

    FINCA . Sita en la , de . Tiene una superficie de metros cuadrados construidos, de tipo , y declara, bajo su responsabilidad, que la finca objeto del contrato se encuentra libre de cargas, gravámenes y arrendamientos. De conformidad con el artículo 14 del Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios, la Vendedora se obliga a entregar a la compradora el certificado de eficiencia energética con el que debidamente cuenta el inmueble, debidamente suscrito por técnico competente, así como debidamente inscrito en el Registro correspondiente.

      II.- Que ambas partes tienen convenida la compraventa de la finca anteriormente descrita, declarando las parte compradora conocer dicho inmueble y aceptarlo en su estado actual.

    III.- La Vendedora, , por la presente afirma que a fecha de la escritura pública de compraventa la finca estará totalmente libre de cargas registrales lo que se constatará por medio de la nota continuada del registro al momento de la firma.

    IV.- Libre de arrendatarios y ocupantes, según manifiesta la Vendedora.

    V.- Que el precio total de compraventa acordado es de €. La forma de pago se sujetará a los siguientes plazos:

    VI.- Formalización: Que la cantidad entregada en este acto lo es en concepto de arras, sujetas al artículo 1.454 del Código civil. Significa que de no formalizarse la escritura pública de compraventa antes del próximo día , por defecto, razón o motivo imputable a la parte Compradora, ésta perderá la cantidad entregada. En el supuesto de que sea por causa o motivo imputable a la Vendedora, ésta devolverá las arras duplicadas a la parte Compradora. La elección del Notario autorizante corresponderá a la parte compradora.

    VII.- Entrega: La posesión de la finca adquirida será objeto de entrega a la parte Compradora en el mismo acto de formalización de la escritura pública de compraventa, en virtud del artículo 1.445 del Código Civil. En dicho acto, y si no se acuerda otra fecha anterior, se hará efectivo el resto del pago del precio del inmueble, así como la entrega de la misma. El comprador entrará desde ese momento en plena posesión del inmueble.

    VIII.- El inmueble se vende libre de cargas y gravámenes y al corriente de todos los impuestos, tasas y arbitrios. Por lo demás, la Vendedora manifiesta que la propiedad cumple con la regulación vigente, así como que sobre la misma no pesa procedimiento judicial o sancionador alguno o de cualquier otra clase.

    IX.- Gastos: Los gastos que se deriven y tributos que se devenguen con motivo de la compraventa que aquí se compromete y señala serán de cuenta de la parte compradora, con excepción del impuesto municipal sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana, que será de cuenta y cargo de la vendedora.

    X.- Manifiesta la parte vendedora que las instalaciones de la vivienda se encuentran en perfecto funcionamiento al día de la fecha. En cuanto a los electrodomésticos, los mismos se entregan junto con la vivienda en su estado actual.

    XI.- Rige en todo caso el saneamiento por vicios ocultos estipulado en el artículo 1484 y siguientes del Código Civil en vigor.

    XII.- A la firma de la escritura pública de compraventa la Vendedora hará entrega a la Compradora del certificado de eficiencia energética.

    XIII.- Notificaciones: Las partes deberán notificarse mutuamente una parte a la otra cualquier cambio que quieran realizar en este sentido a través de:

    - Parte vendedora: .

    - Parte compradora: .

    Las notificaciones fehacientemente realizadas en los indicados domicilios surtirán plenos efectos entre las partes.

    Leído el presente documento por ambas partes, y estando conformes con su contenido, lo firman por duplicado en todas las páginas en el lugar y fecha reseñadas en el encabezamiento.


    FIRMAN


    La vendedora:

    La compradora:

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