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Reclamación de gastos de constitución de hipoteca y cláusula suelo (DIY)

Reclamación de gastos de constitución de hipoteca y cláusula suelo (DIY)

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                      Supported Credit Cards: American Express, Discover, MasterCard, Visa
                       

                    • Reclamación de gastos de constitución de hipoteca y cláusula suelo

                      Nombre y apellidos: {Nombre:121} {Apellidos:122}
                      Email: {Email:35}
                      Teléfono de contacto: {Teléfono:37}
                      Entidad: {¿Con qué banco tienes contratada la hipoteca?:119}


                      En {Localidad:48}, a {Fecha:49}.

                      A la atención del Servicio de Atención al cliente de {¿Con qué banco tienes contratada la hipoteca?:119}.

                      Muy Sres. Míos: A través de la presente, me dirijo a Vds. como titular del préstamo hipotecario, con documento de identificación número {DNI o pasaporte:118}, cuyos datos de referencia expongo a continuación:

                      Dirección: {Dirección del inmueble hipotecado:123}
                      Ciudad: {Ciudad:124}
                      Provincia: {Provincia:125}
                      Código postal: {Código Postal:126}
                        La citada cláusula suelo, como bien saben, es nula. Tal y como confirma el Tribunal Supremo en su sentencia de 9 de mayo de 2013, así como las STSS de 08/09/2014, 24/03/2015 y 25/03/2015, la falta de transparencia de cláusulas como la incluida en este préstamo las convierte en abusivas y, por tanto, nulas. Además, ateniéndonos a lo expuesto por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en su sentencia del pasado 21/12/16, en estos casos cabe devolver todas las cantidades indebidamente abonadas con efecto retroactivo -desde el inicio del préstamo-, así como los gastos de apertura para la formalización de la hipoteca. Siendo conscientes de que el caso expuesto se identifica con las casuísticas tratadas en la jurisprudencia referida, es nuestra voluntad formalizar un acuerdo extrajudicial y evitar que ambos perdamos nuestro tiempo y dinero.

                      Voluntad que se ve respaldada por el hecho de que, en fecha 21 de enero de 2017, se publicó en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto – Ley 1/2017, de 20 de enero, de medidas urgentes de protección de consumidores en materia de cláusula suelo, con el objeto de establecer medidas que faciliten la devolución de las cantidades indebidamente satisfechas por el consumidor en aplicación de determinadas cláusulas suelo contenidas en contratos de préstamo o crédito hipotecarios.

                      Es por eso, en lo referente a la cláusula suelo que, considerando que dicha cláusula incumple los criterios de transparencia establecidos por el Tribunal Supremo en su sentencia de 9 de mayo de 2013 y conforme a lo establecido en el Real Decreto-ley 1/2017, de 20 de enero, les solicito:

                      1. La anulación de la cláusula suelo contenida en el citado préstamo hipotecario.

                      2. Que faciliten a esta parte el cuadro de amortización utilizando el nuevo capital pendiente de amortizar que me correspondería de no haberse aplicado la cláusula suelo.

                      3. La devolución de todas las cantidades indebidamente abonadas desde la firma del préstamo hipotecario, así como los correspondientes intereses de legales sobre las cantidades pagadas de más.



                      En lo que respecta la cláusula por la que se trasladan al prestatario todos los gastos de constitución de hipoteca, cuya redacción y contenido es análogo a la cláusula declarada abusiva y, por tanto, nula, por el Tribunal Supremo en Sentencia nº 705/2015 de 23 de diciembre, entendemos que ésta es también abusiva y que no se ajusta a Derecho.
                      Principalmente, por no permitir una mínima reciprocidad en la distribución de los gastos producidos como consecuencia de la intervención notarial y registral, haciendo recaer los mismos en su totalidad sobre el hipotecante, sin tener en cuenta que la garantía se adopta en beneficio del prestamista y ocasionando un desequilibrio relevante, que no hubiera aceptado en el marco de una negociación individualizada; y que, además, aparece expresamente recogida en el catálogo de cláusulas que la ley tipifica como abusivas (art. 89 del real decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias). Por ello, les solicito:

                      1. La supresión de la cláusula por la que se trasladan al prestatario todos los gastos de constitución de hipoteca y la inmediata reversión de los efectos ocasionados.
                      2. Que me restituyan las siguientes cantidades satisfechas por mí para la constitución de mi préstamo hipotecario:
                      -Gastos de gestoría: {Gastos de gestoría::105}€
                      -Gastos de notaría: {Gastos de notaría::106}€
                      -Gastos del registro de la propiedad: {Gastos del registro de la propiedad::107}€
                      -Gastos de tasación: {Gastos de tasación::108}€
                      -Impuesto de Actos Jurídicos Documentados: {Impuesto de Actos Jurídicos Documentados::109}€


                      Pueden realizar los ingresos correspondientes por lo solicitado en la siguiente cuenta bancaria:

                      - Titular: {Titular de la cuenta:86}
                      - IBAN: {IBAN de la cuenta donde ingresar tu dinero:88}


                      Todo ello sin perjuicio del ejercicio de las acciones a las que hubiera lugar en Derecho de no ser atendida la presente comunicación, anunciándoles que, en caso de ver desestimada mi pretensión y que su entidad no proceda a devolver los importes reclamados mediante este escrito, procederé a adoptar todas las medidas legales a mi alcance y acudir a los tribunales en defensa de los derechos que como consumidor de productos financieros me amparan.
                      Este escrito tiene el carácter de reclamación extrajudicial expresa y requerimiento fehaciente y justificado de pago, conforme a lo previsto en el artículo 395 LEC.

                      Quedando a la espera de sus noticias, reciba un cordial saludo.  
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