Guía para Madrid


Hola, futuro anfitrión.
Te estábamos esperando.

Si quieres cumplir con la ley, te lo ponemos fácil

Cada vez son más los turistas que visitan Madrid. No es de extrañar, ya que estamos hablando de la capital de España y la ciudad más poblada del país. Muchos madrileños han aprovechando esto, lanzándose a alquilar su vivienda a turistas para obtener unos ingresos extra. Sin embargo, si vas a ofrecer un alojamiento turístico conviene estar bien informado para cumplir con la ley y evitar multas y sanciones. Por ello, hemos elaborado esta sencilla guía que esperamos te sea de utilidad.

¿Cuándo se considera mi alojamiento vivienda turística?

Según el decreto que lo regula, tienen la consideración de viviendas de uso turístico aquellos pisos, apartamentos o casas que, amueblados y equipados en condiciones de uso inmediato, son comercializados y promocionados en canales de oferta turística, para ser cedidos en su totalidad, por su propietario a terceros, con fines de alojamiento turístico y a cambio de un precio.

Cada vivienda de uso turístico debe disponer de cédula de habitabilidad o licencia de primera ocupación, según corresponda.

Además, ten en cuenta que las viviendas de uso turístico no podrán utilizarse como residencia permanente y que la Comunidad de Madrid aún no ha regulado el alquiler turístico por habitaciones. Respecto a la prohibición de alquilar tu vivienda turística por menos de 5 días que refleja el decreto, debes saber que ésta fue anulada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

¿Qué no es una vivienda turística?

No se consideran viviendas turísticas:

  1. Cesiones sin contraprestación económica
  2. Viviendas alquiladas por más de 2 meses por una misma persona
  3. Alojamientos ubicados en el medio rural
  4. Apartamentos turísticos de 4 o más unidades de alojamiento ubicados en la totalidad de un edificio, o en parte independizada del mismo, con accesos y escaleras de uso exclusivo.

 

¿Con qué requisitos debo de cumplir si tengo una vivienda turística?

La normativa autonómica establece que debes presentar una declaración responable si vas a destinar tu vivienda al alquiler turístico. Para ello, debes de cumplir los siguientes requisitos:
  • La vivienda debe tener, como mínimo, un salón-comerdor, cocina, baño y dormitorio o ser un estudio con un máximo de 2 camas convertibles.
  • Debes especificar un número de teléfono de atención permanente, para responder a las consultas que los usuarios te planteen.
  • La vivienda debe estar amueblada y en condiciones de uso inmediato. Debe de disponer de conexión a internet (Wi-fi).
  • El piso debe disponer de hojas oficiales de queja, reclamación y denuncia.
  • Si ofreces algún servicio, debes exponer su precio en un lugar visible a su entrada. Los suministros (agua, energía, climatización) y el uso de ropa de cama y baño y limpieza de habitaciones se entienden incluidos en el precio del alojamiento.
  • La puerta de entrada debe exhibir en un lugar visible la placa distintiva que indica que se trata de una vivienda de uso turístico
  • Recuerda que todos los huéspedes mayores de 16 años, ya sean nacionales o extranjeros, que se alojen en cualquier alojamiento de carácter turístico deben obligatoriamente acreditarse al ingresar en el establecimiento, mediante documento oficial en vigor y que incumplir esta normativa podría suponer una multa de hasta 30.000 euros para la Vivienda de Uso Turístico.
  • El titular debe registrar a todos los huéspedes antes de las 23:59h del día siguiente a la llegada de los huéspedes a la Vivienda de Uso Turístico, debiendo el viajero firmar un Parte de Entrada. Deberás elaborar un libro-registro de los mismos y guardarlos durante 3 años.

  • ¡Ojo! Si no presentas la declaración responsable o si destinas tu vivienda de uso turístico a la residencia permanente u otra finalidad distinta que no sea turística estarás llevando a cabo una infracción muy grave cuya sanción va de los 30.001 hasta los 300.000€.


    ¿Qué debo hacer para solicitar la Licencia de Vivienda de Uso Turístico?

    Se trata de un trámite muy sencillo y totalmente gratuito. Los pasos que debes dar son:
    1. Rellena el modelo de Declaración Responsable desde este enlace, pinchando en Declaración Responsable de Viviendas de uso Turístico.
    2. Necesitarás aportar la siguiente documentación: un documento que acredite la disponibilidad del inmueble (escritura de compra-venta, contrato de arrendamiento...), los planos de la vivienda firmados por un arquitecto y la cédula de habitabilidad o licencia de primera ocupación, según corresponda.
    3. Tras rellenar la declaración puedes presentarla tanto telemáticamente como presencialmente en la oficina correspondiente. Con esto ya podrías anunciar tu piso.
    Además, recuerda que puedes recibir inspecciones que comprueben que cumples todos los requisitos anteriormente mencionados.