Guía para Valencia


Hola, futuro anfitrión.
Te estábamos esperando.

Si quieres cumplir con la ley, te lo ponemos fácil

Fiestas, cultura, gastronomía, deporte... Valencia es una visita obligada tanto para extranjeros como para los propios españoles de otras comunidades. Muchos valencianos han aprovechado esto, lanzándose a alquilar su vivienda a turistas para obtener unos ingresos extra. Sin embargo, si vas a ofrecer un alojamiento turístico conviene estar bien informado para cumplir con la ley y evitar multas y sanciones. Por ello, hemos elaborado esta sencilla guía que esperamos te sea de utilidad.

¿Cuándo se considera mi alojamiento vivienda turística?

Según el decreto que lo regula, tienen la consideración de viviendas turísticas los inmuebles, cualquiera que sea su tipología, cuyo uso se ceda mediante precio, con habitualidad, en condiciones de inmediata disponibilidad, y con fines turísticos, vacacionales o de ocio. La habitualidad existirá si se da alguna de las siguientes circunstancias:

  1. El inmueble lo cede para uso turísitco una empresa gestora de viviendas turísticas
  2. El inmueble se pone a disposición de usuarios turísticos y se prestan servicios propios de la industria hotelera (limpieza, guardar las maletas, lavandería...), sin que importe el tiempo contratado
  3. Se utilizan canales de comercialización turística (internet, plataformas como Airbnb...)

Cada vivienda de uso turístico debe disponer de cédula de habitabilidad o licencia de primera ocupación, según corresponda. Debe estar suficientemente amueblada y dotada de los aparatos y enseres necesarios para su ocupación inmediata, y en perfecto estado de higiene.

Ten en cuenta que la normativa turística autonómica de la Comunitat Valenciana no recoge el alquiler turístico de una habitación o varias de una vivienda turística. De hecho, prohíbe expresamente la presencia simultánea de usuarios turísticos en un mismoalojamiento y periodo como consecuencia de la celebración de distintos contratos, aún cuandoocupen habitaciones diferentes. Solo regula el alquiler de la vivienda por completo. Además, el propietario de la vivienda turística no puede estar viviendo en ella.

¿Qué no es una vivienda turística?

No se consideran viviendas turísticas:

  1. Las viviendas que se arrienden por temporada sin que se presten servicios propios de la industria hotelera (limpieza, guardar las maletas, lavandería...) ni el alojamiento se comercialice turísticamente.
  2. Los establecimientos denominados hotel-apartamento y hotel-apartamento-residencia.
  3. Las cabañas, bungalow o mobil-home que se instalen en campamentos de turismo.

 

¿Con qué requisitos debo de cumplir si tengo una vivienda turística?

La normativa autonómica establece que debes presentar una declaración responable si vas a destinar tu vivienda al alquiler turístico para obtener un número de inscripción en el Registro General de Empresas, Establecimientos y Profesiones Turísticas de la Comunitat Valenciana. Puedes realizar el trámite de inscripción de hasta 4 viviendas turísticas desde la plataforma electrónica de la Generalitat, siempre y cuando las viviendas no tengan una capacidad de más de 16 plazas o estén en suelo no urbanizable. Además, la vivienda debe cumplir una serie de requisitos según su categoría (existen 3 categorías: estándar, de primera o superior). A continuación te exponemos los requisitos comunes que debes cumplir si alquilas tu vivienda turística:
  • Como decíamos, debes inscribir tu vivienda turística en el Registro y comunicar cualquier cambio en la gestión o destino del alojamiento.
  • Debes especificar el número de registro de la vivienda y su categoría al publicitar tu vivienda turística. Además, la publicidad que realices debe ser veraz, objetiva y de buena fe, conteniendo información suficiente sobre las características de la vivienda, las condiciones de uso y qué se incluye como servicio contratado.
  • La vivienda debe estar en condiciones de uso inmediato cuando sea entregada. Esto es, estar en condiciones adecuadas de conservación, limpieza y prestación de servicios desde el día que los usuarios la ocupen (suministros incluidos).
  • El piso debe disponer de hojas oficiales de queja, reclamación y denuncia.Puedes conseguirlas en los Servicios Territoriales de Comercio y Consumo, abonando las tasas correspondientes con anterioridad. Una vez dispongas de ellas, puedes utilizar este cartel en tu vivienda.
  • Debes exhibir de forma visible a la entrada de la vivienda, bien en el interior o en el exterior de las mismas, la correspondiente identificación de su condición de vivienda turística y número de registro
  • Los precios serán adecuados a la calidad de los bienes y servicio. Si se ofrece un servicio complementario que no esté incluido en el precio se debe publicitar de manera clara y visible. Los siguientes suministros, servicios e instalaciones se entienden incluidos en el precio del alojamiento:
    • - Conservación, mantenimiento y reparaciones.
    • - Recogida de basuras desde la vía pública o recinto especialmente destinado a su depósito
    • - Suministro de agua
    • - Energía eléctrica y combustible.
    • - Piscinas, jardines, solanas y terrazas comunes, con los elementos que les sean propios, así como parques infantiles.
    • - Gastos de comunidad de propietarios.
  • Recuerda que todos los huéspedes mayores de 16 años, ya sean nacionales o extranjeros, que se alojen en cualquier alojamiento de carácter turístico deben obligatoriamente acreditarse al ingresar en el establecimiento, mediante documento oficial en vigor y que incumplir esta normativa podría suponer una multa de hasta 30.000 euros para la Vivienda de Uso Turístico.
  • El titular debe registrar a todos los huéspedes antes de las 23:59h del día siguiente a la llegada de los huéspedes a la Vivienda de Uso Turístico, debiendo el viajero firmar un Parte de Entrada. Deberás elaborar un libro-registro de los mismos y guardarlos durante 3 años.

  • ¡Ojo! Si no presentas la declaración responsable o no cumples los requisitos mencionados puedes ser sancionado.


    ¿Qué debo hacer para solicitar la Licencia de Vivienda de Uso Turístico?

    Se trata de un trámite muy sencillo y totalmente gratuito. Los pasos que debes dar son:
    1. Rellena el modelo de Declaración Responsable desde este enlace.
    2. Necesitarás cumplir con los requisitos obligatorios del Anexo I según la categoría de tu vivienda, que puedes consultar aquí.
    3. Tras rellenar la declaración puedes presentarla tanto telemáticamente como presencialmente en la oficina correspondiente. Con esto ya podrías anunciar tu piso.
    Además, recuerda que puedes recibir inspecciones que comprueben que cumples todos los requisitos anteriormente mencionados.