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Reclama la cancelación de tu vuelo

Que no te cambien los planes, exige a la aerolínea tu indemnización

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Reclamar vuelo

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¿La aerolínea ha cancelado tu vuelo? Reclama tus derechos

Si has sufrido la cancelación de un vuelo, reclama hasta 600€ por billete

¿Con cuánta antelación te avisaron de que tu vuelo sería cancelado?

  • Lo correcto es que te avisen con 14 días de antelación o más, en este caso no podrías exigir la indemnización pero sí otros gastos ocasionados por la cancelación.
  • Si te avisaron con menos de 14 días de antelación, solicitaremos la compensación económica que te corresponda según los km de distancia entre origen y destino. Puedes recibir hasta 600€ por pasajero, recupera tu dinero si la aerolínea canceló tu vuelo.

Reclamar cancelación vuelo

Indemnización económica por sufrir una cancelación de vuelo

¿Puedo reclamar algo más?

Sí, si cancelan tu vuelo y no te avisan con el plazo mínimo establecido reclamaremos una compensación económica que oscilará entre 250 y 600€.

Además de esta indemnización, la aerolínea se hará cargo de todos los gastos ocasionados por la incidencia como dietas, taxis o coches de alquiler, hoteles y excursiones que no hayas podido disfrutar en tu destino.

Tienes derecho a cancelar el billete si ya no te interesa el viaje y que te reembolsen el importe íntegro o a que te ofrezcan un transporte alternativo para esa fecha.

Reclamaremos también daños y perjuicios derivados de la cancelación del vuelo: días de trabajo, reuniones, entrevistas o vacaciones perdidas.

Reclamar vuelo cancelado

¿Qué cantidad te corresponde por la cancelación de tu vuelo?

Las cancelaciones y los retrasos de vuelos serán regulados de dos formas distintas, según el país en el que opera la aerolínea.

  • Reglamento 261/2004 de la Unión Europea.
  • Convenio de Montreal.

Aerolíneas Low Cost

Este tipo de reclamaciones suelen estar vinculadas a compañías aéreas de bajo coste, éstas suelen operar en el ámbito europeo, por lo que suelen venir reguladas por el reglamento 261/2004, que define la indemnización por la cancelación de un vuelo según los km entre el país de origen y el de destino, la cantidad estará comprendida entre 250 y 600€ por billete.

Reclama el dinero que te debe la aerolínea por cancelar tu vuelo

Iniciar reclamación

¿Qué documentación debes presentar para reclamar la cancelación de tu vuelo?

Documentos imprescindibles:

  • DNI o pasaporte del titular del billete.
  • Tarjeta de embarque o confirmación de reserva del vuelo.
  • Libro de familia o certificado de nacimiento, en el caso de menores de edad.
  • Te recomendamos guardar todos los tickets de gastos derivados de la cancelación de tu vuelo, como productos de alimentación consumidos en el aeropuerto, taxis o reservas perdidas en lugar de destino del vuelo cancelado.

Preguntas frecuentes relativas a la cancelación de vuelos

Si te avisaron de la cancelación con menos de 14 días de antelación, no tengas dudas, reclama tu vuelo, te corresponde una indemnización.

Dependiendo del territorio en el que opere la aerolínea y de los países que implicaban el vuelo, la reclamación será regulada por unos de estos reglamentos:

- Reglamento 261/2004 de la Unión Europea .

- Convenio de Montreal.

La mayoría de vuelos cancelados se vinculan a las aerolíneas low cost, que operan generalmente en el territorio de la UE y son reguladas por el reglamento 261/2004 de la Unión Europea.
Para reclamar la indemnización económica de 250-600€ tendrían que haberte avisado de la cancelación del vuelo con menos de 14 días de antelación, no obstante aunque te avisaran dentro del plazo, podrás reclamar gastos derivados de la incidencia.

La indemnización económica por sufrir una cancelación de vuelo depende de la distancia que hay desde el origen de éste y el destino final, te corresponden entre 250 y 600€ por pasajero.
Según el decreto europeo que regula las indemnizaciones en función de los Km que hay entre el origen y el destino del vuelo:
• Menos de 1.500 km = 250€.
• 1.500-3.500 km = 400€.
• Más de 3.500 km = 600€.

  • Derecho a la información.
  • Derecho al reembolso total del billete o a la modificar el trayecto.
  • Derecho a la asistencia y, si se cumplen los requisitos, derecho a la compensación económica.

Lo primero que hay que tener en cuenta es qué reglamento nos respalda ante este problema, será el europeo si se cumplen dos requisitos:
1. La aerolínea debe pertenecer a la Unión Europea.
2. El vuelo cancelado debía despegar desde un país de la UE.
Si esto no se cumple, debemos recurrir al Convenio de Montreal, donde encontrarás las pautas para reclamar por cancelación de vuelos que no pertenezcan a la Unión Europea.

Únicamente en “circunstancias extraordinarias”, la compañía aérea debería de demostrar que no el avión no pudo despegar por alguna de estas peculiares razones, no suele ser el caso.
• Cierre del aeropuerto o del espacio aéreo.
• Riesgos de seguridad inevitables.
• Huelgas.
• Inestabilidad política.
• Condiciones meteorológicas adversas.
• Impacto de aves en los motores.

Sí, dependiendo del reglamento al que se ajuste tu reclamación el plazo máximo para reclamar serán 2 o 5 años.

- Reglamento 261/2004, determina que tu reclamación prescribe a los 5 años.
- Convenio de Montreal, reduce el plazo de reclamación del vuelo a 2 años desde que se produjo el retraso o cancelación del vuelo.