¿Conoces tus derechos cuando sufres retraso en un vuelo?

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Somos muchos los que hemos llegado alguna vez al aeropuerto y nos encontramos con que nuestro vuelo va a salir con retraso. Pues bien, te confirmamos que este hecho puede ser objeto de reclamación. Existen algunas circunstancias en las que tienes derecho a una compensación, sigue leyendo y descubre en qué momento puedes reclamar.

Si tu vuelo se retrasa, no dudes en reclamar.

Todos los vuelos NO son iguales: 

Efectivamente, no todos los vuelos son iguales. Existe una normativa aplicable dependiendo del origen y destino de tu viaje.

Unión Europea: 

Si vuelas dentro de la UE o a países como Islandia, Noruega, Suiza y la región ultra periférica (La Guayana francesa y Martinica, Mayotte, Guadalupe y La Reunión, San Martín, Madeira y Azores y las Islas Canarias) cuentas con la protección del Reglamento nº 261/2004 de la UE.

¿Qué es el reglamento 261/2004 UE?

En esta normativa se especifica los casos en los que no habrá compensación por retraso porque surjan “circunstancias extraordinarias”como las siguientes: 

  • Condiciones meteorológicas adversas.
  • Restricciones en el control del tráfico aéreo. 
  • Mal funcionamiento del radar del aeropuerto.
  • Inestabilidad política o actos de terrorismo.  

Sin embargo, la normativa también indica que si sufres un retraso superior a 3 horas desde que abren las puertas de embarque hasta que salga tu vuelo (sin ninguna de las causas anteriormente descritas) tienes derecho a una compensación. 

Vuelos dentro de la UE con derecho a indemnización: 

-Vuelos que partan de la UE hacia otro país fuera de la UE

-Vuelos de origen fuera de la UE y destino dentro de la UE. En este caso, la aerolínea debe ser europea. 

Fuera de la Unión Europea: El Convenio Montreal

En el caso de que los vuelos sean internacionales fuera de la UE y por compañía extranjeras, existe el Convenio de Montreal que acoge a 120 países.  Aquí los daños derivados del retraso están cubiertos y cada país interpreta el tipo de daño: económico, moral o ambos. 

En este Convenio queda estipulado que si el transportista puede justificar el retraso de manera procedente estaría exonerado de la compensación.

¿Cuánto puedo llegar a reclamar si sufro retraso de vuelo?

La cantidad de las indemnizaciones está tasada por diferentes parámetros:

  •  Vuelos de 1.500 km o menos tienen una compensación de 250€
  •  Vuelos dentro de la UE de más de 1.500 km será de 400 €.
  •  Vuelos no comunitarios entre 1.500 km -3.500 km también será de 400€.
  •  Vuelos dentro de la UE de más de 3.500 km con retraso desde 3 hasta 4 horas la cantidad es de 300€ pero si supera las 4 horas la indemnización puede llegar a 600€.

¿Derecho de Reembolso sí o no?

Dentro de la UE, su regulación reconoce el derecho a reembolso junto con la compensación siempre y cuando tu retraso sea superior a cinco horas. También tienes derecho a conseguir un vuelo de vuelta si es necesario.

¿Tengo derecho de asistencia?

Por supuesto que sí, tienes derecho a comida y bebida, además de la posibilidad de comunicarte por cualquier vía: teléfono, correo, mensajes, fax, email. En caso de que tu vuelo retrasado suponga pasar noche fuera, tienes derecho a una habitación de hotel y al transporte al aeropuerto.

Como ves, si estás afectado por retraso de vuelo estás bastante protegido. Así que no dudes en reclamar. Tan solo rellena el siguiente formulario y consigue tu compensación. 

 

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