¿Qué se considera accidente laboral “in itínere”?

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Un accidente laboral in itínere es el que sufre un trabajador al ir o volver del lugar de trabajo.  Aunque las nuevas formas de organización del trabajo y la evolución de los hábitos sociales complican la definición de accidente laboral “in itínere”. Desde legalbono te resolvemos todas las dudas sobre esta cuestión.

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Las particularidades del accidente laboral ” in tínere”.

¿Qué se entiende por accidente laboral in itínere?

El accidente laboral de ida o vuelta al trabajo es una figura creada por la jurisprudencia y es aplicable sólo al desplazamiento que realizamos por la obligación de ir al trabajo. Lo esencial no es salir del domicilio o volver a él, sino ir a nuestro lugar de trabajo o volver de allí. Parece una definición muy simple, pero en la práctica se dan casos tan distintos que los tribunales examinan cada caso concreto para decidir si es o no accidente laboral.

Necesitamos saber si el accidente puede considerarse laboral, ya que la cuantía de la prestación o indemnización que podemos percibir varía. En caso de ser accidente laboral la prestación es más alta. Los elementos claves que han tenido en cuenta los tribunales son: domicilio del trabajador, lugar de trabajo y trayecto.

Primera clave: El lugar de la caída

El Tribunal Supremo ha diferenciado entre caer en el portal del edificio y caer en el porche de la vivienda unifamiliar. Si nos caemos en el portal o en las escaleras de nuestro edificio cuando salimos al trabajo es “accidente in itínere” pero, sin embargo, cuando la misma caída es en el porche de la vivienda estamos en zona privada y el accidente es común.

¿Y si hago una parada antes de llegar a casa?

Interrumpir el trayecto de vuelta a casa del trabajo para ir a otro sitio es relevante. En principio, tenemos que hablar del tiempo: el Tribunal Supremo habla de períodos cortos, menos de una hora para que sea accidente “in itinere”. 

Si hacemos una parada para gestiones privadas, como ir al médico o a la agencia tributaria, el accidente no se considera  un accidente laboral porque no se enmarcan en el camino habitual a casa porque no suponen el camino habitual de vuelta a casa.

Pero, por el contrario, si la parada es para llevar a un compañero de trabajo a casa después de la jornada laboral, el Supremo ha interpretado que es un desvío justificado incluso si el desvío es más de 20 kilómetros o más de una hora. Luego en este caso si hablaríamos de accidente laboral.

Infarto y Atraco: consideraciones distintas.

Los accidentes laborales son provocados por terceros, siempre que no exista relación entre la persona que causa el accidente y el trabajador. En este caso se entiende que si eres víctima de un atraco sí estás ante un accidente laboral.

Los tribunales señalan también, que no es accidente laboral las dolencias o procesos patológicos que puedan surgir de manera personal. Un ejemplo es tener un infarto o ictus.

Segunda clave: El medio de transporte

La jurisprudencia nos dice que el medio de transporte utilizado debe ser “adecuado”. Hoy en día, conviven múltiples medios de transporte que pueden ser idóneos para ir al trabajo. ¿Qué se entiende por adecuado y cómo actúan los tribunales al respecto? Como medios habituales tenemos el vehículo privado o los transportes públicos. Pero también el patinete es un medio idóneo según la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia.

Según el Tribunal superior de Justicia de Cataluña, el concepto de medio de transporte debe ser evolutivo. En cuanto, a la bicicleta se consideró sensiblemente más peligroso que el monopatín porque tiene que circular por el asfalto junto con motos y coches. Aunque esto no supone que sea excluido dentro de los medios de transportes idóneos para ir al trabajo.

Accidente laboral y teletrabajo

La evolución del empleo ha dado lugar al teletrabajo, cada vez más implantado en organizaciones. En estos casos, el lugar del trabajo es el domicilio. Por tanto, el “accidente in itínere” es cualquier obligación de carácter laboral que suponga salir del domicilio. Ejemplos más comunes: comer con un cliente, hacer fotocopias fuera de casa, presentar algunos documentos en una oficina, etc.  si en el trayecto sufres un accidente estamos ante un accidente laboral de ida o vuelta del trabajo.

¿Si tengo un accidente con el coche pero he infringido la ley?

Voilá, aunque suene retorcido también puede considerarse en algunos casos accidente laboral “in itínere “incluso infringiendo ciertas normas de tráfico. Un ejemplo de esta resolución se encuentra en la sentencia Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en él encontramos  el caso de un trabajador que circulaba de camino a casa con una tasa de alcoholemia en 0,92% siendo la máxima legal permitida de 0,5%. Su accidente de tráfico fue declarado accidente laboral, si bien es importante destacar que ese accidente se produjo en una carretera con curvas y asfalto mojado.

Peor suerte tuvo un motorista que sufrió un accidente cuando se dirigía al trabajo. Olvidó algo y regresó a su casa metiéndose en una calle en dirección contraria. El Tribunal Supremo consideró que el motorista asumió riesgos innecesarios y declaró el accidente como no laboral.

Como hemos contado en este post, las situaciones sobre la declaración de accidente laboral ida y vuelta del trabajo son muy concretas y las resoluciones de las mismas depende directamente de los tribunales.

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