El Banco debe pagar el impuesto de las hipotecas según la Sentencia del Tribunal Supremo.

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Seguro que has escuchado hablar sobre los gastos de hipoteca, la nueva Sentencia del Tribunal Supremo y la paralización por el Pleno del Tribunal Supremo tras el revuelo y la presión de los bancos. Te contamos todo lo que debes saber para que estés preparado ante lo que se avecina.

¿Qué sucedía antes de esta nueva Sentencia?

Ya te contamos en un post anterior, que la Sentencia 705/2015 del Tribunal Supremo (TS) dejaba paso a reclamar muchos de los gastos de las hipotecas que los bancos obligaban al hipotecado a pagar. Pero el mayor de los gastos, el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados, lo tenían que soportar los consumidores.

¿Qué ha sucedido ahora?

El Tribunal Supremo ha dado un paso hacia atrás y ahora considera que los bancos son los que deben hacerse cargo de este impuesto junto con el resto de los gastos de formalización de la hipoteca. Hablamos de una media de gastos de 3.000 euros por hipoteca. El Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD) oscila entre el 0% y el 1,5% dependiendo de la Comunidad Autónoma, por lo que la cantidad a reclamar variará también en función de cada comunidad.

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Finalmente, esta última sentencia ha considerado que es el banco el que tiene el interés de inscribir la hipoteca, por eso se tiene que pagar el impuesto.Esa inscripción funciona comogarantía real. Esta garantía consiste en que el acreedor, en este caso el banco, tiene un poder especial sobre lo que se asegura, en el caso de las hipotecas, el inmueble hipotecado. Esto permite al banco, que en caso de que no se pagase la deuda, pueda generar la venta forzosa para el pago de esta deuda.

Y después de la Sentencia de 16 de octubre, el Pleno del Tribunal Supremo la paraliza.

El revuelo y la polémica que originó el fallo de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo hizo que las entidades bancarias pusieran el grito en el cielo, ya que esta Sentencia suponía la devolución del impuesto a los hipotecados, con el consiguiente desembolso económico. El Pleno del Tribunal Supremo, compuesto por 31 jueces, tendrá que deliberar si mantiene esta doctrina o no y el procedimiento que se deberá seguir. Es decir, deberán aclarar el criterio sobre la materia teniendo en cuenta otros asuntos pendientes sobre la misma materia.

Algunos expertos consideran que el impuesto de las hipotecas que se hayan firmado en los últimos cuatro años tendrá que ser reclamado directamente a Hacienda y, en cambio, las hipotecas firmadas con anterioridad a la entidad que emitió el préstamo  dicen los expertos, deberán reclamarse directamente al banco Pero aún no está confirmado.

Asimismo, también la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo tiene que dictar sentencia sobrelos recursos de gastos hipotecarios que se reclamaron a los bancos, ya que lo que considere el Pleno del Tribunal tendrá consecuencias directas en estos casos. Hay que decir, que la Sala de lo Civil del TS gestiona, con referencia a los gastos hipotecarios, los recursos de las Sentencias en las que el hipotecado reclamaba directamente al banco estos gastos, incluyendo el impuesto.

Si no tienes claro como funciona el Tribunal Supremo, te aconsejamos que leas este post en el que te explicamos todo.

La próxima resolución será el 5 de noviembre de 2018.

De momento, para poder reclamar los gastos hipotecarios tendremos que esperar al próximo 5 de noviembre, en el que el Pleno del TS aclarará el criterio a seguir y como se deberá solicitar las reclamaciones pertinentes. Las entidades han paralizado la firma de muchas hipotecas hasta que se tenga claro que sucederá.

En legalbono estamos pendientes de los nuevos acontecimientos que pueden afectar a la reclamación de los consumidores. Si quieres que te orientemos sobre cuándo y cómo reclamar los gastos hipotecarios, rellena el siguiente formulario y te diseñaremos una estrategia a seguir. Recuerda que solo pagas si ganas.

 

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