Las hipotecas IRPH declaradas abusivas según un informe emitido por la Comisión Europea ¿Cuáles son los siguientes pasos para poder reclamar?

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Muchos habrán leído que la Comisión Europea ha dictaminado que el IRPH es una cláusula abusiva. Pero esto no significa que ya se pueda reclamar la cantidad pagada de más por IRPH, puesto que aún faltan varios pasos antes de que podamos proceder con la reclamación de hipotecas IRPH con las máximas garantías de que nos devolverán las cantidades. ¿Qué va a ocurrir en los próximos meses?  

El Abogado de la Unión Europea

Después de que la Comisión Europea haya emitido su informe, ahora es turno del Abogado de la Unión Europea. Éste tiene que emitir un nuevo informe con su consideración sobre las hipotecas IRPH. Una vez el Abogado de la Unión Europea emita su informe, en aproximadamente unos meses, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea procederá a resolver la cuestión prejudicial. Habitualmente, el informe del Abogado de la Unión Europea resulta premonitorio de la posterior sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

 

Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea

Hay muchos casos paralizados en España en espera de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea resuelva la cuestión de las hipotecas IRPH. A pesar de que el Tribunal Supremo ya sentenció a favor de la banca, muchos jueces no consideraron acertada su veredicto. En cuanto el TJUE sentencie, si es a favor del consumidor, todos los casos que se encuentran en el juzgado a expensas de esta resolución tendrán que ser resueltos en el mismo sentido que el TJUE.  

La reclamación de hipoteca IRPH también se podrá abrir a todos aquellos que aún no hayan reclamado. Cuestión a parte serán los consumidores que tengan sentencia firme denegatoria de la devolución de la cantidad pagada de más en hipotecas IRPH, al igual que sucedió con la cláusula suelo, estas cuestiones deberán resolverse a su debido tiempo. 

 

¿Cómo se calcula el IRPH?

Tenemos que tener en cuenta que el índice conocido como IRPH es el tipo medio de los préstamos hipotecarios concedidos a más de tres años para la adquisición de vivienda libre. Su valor es la media simple del tipo de las hipotecas concedidos por los bancos españoles. Para calcular esta tasa se realiza con media simple, pero se ha demostrado que estos resultados no son fieles a la realidad. No se tiene en cuenta el peso y el tamaño de la operación.

Ponemos un ejemplo que ha desarrollado el catedrático Juan Etxebarria. Éste comenta que, si queremos obtener la edad media de un colegio, tendremos tres tipos de personas: alumnos, profesores y personal administrativo. La media de los alumnos es 13 años, la de los profesores 43 y el personal administrativo 37 años. No podemos generar la media de todos ellos por igual, que sería de 31 años, ya que el grupo del alumnado es mayor que el del personal y el profesorado. Esta media sin tener en cuenta el tamaño de los grupos y el peso es como se está generando el IRPH.

Teniendo en cuenta el ejemplo, lo que sucede con el IRPH es que  los tres tipos de índices que se tienen en cuenta para calcularlo se toman como si todos tuvieran el mismo tamaño (33%), pero en cambio hay índices (piénsese, que el IRPH Cajas es de un 5% y el IRPH Bancos un 50%) que no tienen la misma proporción.  

Hasta octubre de 2013 existían tres tipos de IRPH:

  • IRPH Cajas
  • IRPH Bancos
  • IRPH Entidades (media de los dos anteriores)

Pero después de octubre de 2013 solo se mantiene el IRPH Entidades, la cual se publica una vez al mes en el Boletín Oficial del Estad (BOE). Esta modificación se decidió mediante ley que entró en vigor el 1 de noviembre de 2013.

 

¿Qué diferencia hay entre IRPH y Euríbor?

Al tratarse el IRPH en una media del interés que se conceden a los préstamos, el Euribor es un índice de referencia más económico. A diferencia del IRPH, el Euribor es un interés por el que se miden habitualmente los préstamos personales e hipotecarios. Es el índice que marca el precio por el que las entidades financieras europeas se prestan dinero entre sí. Además, con el Euribor la revisión del interés puede ser cada 6 o 12 meses. Es aconsejable que si el Euribor está descendiendo se firme una hipoteca con revisión cada 6 meses, en cambio, si se encuentra subiendo cada 12 meses.

El IRPH tiene, como hemos indicado, revisión mensual, por lo que las cuotas se mantienen estables y se abaratarán muy poco durante el año además de contar con cuotas más altas que las referencias al Euribor.

Si tienes una hipoteca IRPH y quieres conocer las posibles cantidades a reclamar sin compromiso e ir agilizando el trámite hasta tener el veredicto final, tan solo tienes que contestar a las siguientes preguntas.

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Reclamar IRPH