Reglamento General de Protección de Datos: ¿Cómo afecta a mi empresa?

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¿Sabías que a partir del 25 de mayo de 2018 el nuevo Reglamento General de Protección de Datos será aplicable? Si eres una empresa, esto te interesa. Sigue leyendo y descubre por qué.


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¿En qué consiste el nuevo Reglamento General de Protección de datos?

El nuevo Reglamento General de Protección de Datos aprobado por la Unión Europea, establece importantes cambios sobre la protección de datos personales y sobre la libre circulación de los mismos.

Su objetivo es proporcionar mayor seguridad y control a los consumidores sobre su información personal. Para ello, sus derechos van a ser ampliados. ¿Quieres saber cuáles son algunos de ellos?

  • Derecho a rectificar los datos proporcionados: por ejemplo, cuando estos estén incompletos o sean inexactos.
  • Derecho a suprimir los datos: es tan simple como que el consumidor revoque su consentimiento para que la empresa los utilice.
  • El derecho de oposición al tratamiento de los datos.
  • Derecho a conocer para qué se utilizan los datos, el plazo de conservación de estos, etc…

Vale, soy una empresa: ¿A mí me afecta?

Si eres una empresa que almacena o procesa información de carácter personal de ciudadanos de la Unión Europea, entonces estás obligada a cumplir con el nuevo RGPD.

Un momento… ¿Sabes a qué nos referimos exactamente con información de carácter personal? Pues bien, se define como cualquier información numérica, alfabética, gráfica, fotográfica, acústica o de cualquier otro tipo concerniente a personas físicas identificadas o identificables. Si tratas con este tipo de información, ¡no te queda más remedio que cumplir con el nuevo reglamento!

¡Ojo! El reglamento no solo afecta a empresas europeas. También afectará a empresas internacionales que gestionen datos de usuarios residentes en la UE.

¿Tratas con información de carácter personal? Más vale que te des prisa. Desde hoy, solo te quedan 90 días para aplicar todos los cambios necesarios para que tu empresa se adapte al reglamento.

 

¿Qué cambios debe aplicar mi empresa con el nuevo reglamento?

La entrada en vigor de este Reglamento supondrá un mayor compromiso para tu empresa respecto a la protección de datos. Tendrás que cumplir con una serie de nuevas obligaciones:

  • Consentimiento. No se permite el consentimiento tácito. El consentimiento tácito quiere decir que no existe necesidad de firmar o manifestar verbalmente la aceptación de algo. En este caso, nos referiríamos a la aceptación de que la empresa use los datos personales del consumidor. Como consecuencia, todas las empresas deberán revisar sus cláusulas en esta materia y rehacerlas.
  • Comunicación de violaciones de seguridad. Se deberán notificar los fallos de seguridad a la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) en un plazo límite de 72 horas.
  • La incorporación del Delegado de Protección de Datos. Esta nueva figura viene de la mano del RGPD. Tiene como objetivo garantizar el cumplimiento del Reglamento, al igual que controlar que la gestión y el tratamiento de los datos que lleve a cabo la empresa se realice de forma adecuada.
  • Elaboración de análisis de riesgos. Todas las empresas deberán garantizar que están en condiciones de cumplir con las reglas, derechos y garantías que el Reglamento establece, así como prevenir problemas futuros que puedan dañar la reputación de la empresa. Para ello será necesario realizar este análisis.

 

Bueno, ¿y qué pasa si no cumplo con el nuevo Reglamento General de Protección de Datos?

Por supuesto, dependerá de la gravedad del artículo que se vulnere, pero ándate con ojo:

La sanción podría alcanzar desde los 10.000.000€ (o el 2% del volumen de negocio anual global del ejercicio anterior) hasta los 20.000.000€ (o el 4% del volumen de negocio anual global del ejercicio anterior).

 

Si necesitas ayuda, puedes confiar en nosotros

¿Todavía no has realizado los cambios necesarios para que tu empresa cumpla con los requisitos exigidos por el RGPD? ¡Actúa ya! Escríbenos a info@legalbono.com o bien llámanos al 951 553 553 y te asesoraremos para que tu empresa se adapte al nuevo Reglamento. Estaremos encantados de ayudarte 😉

Como siempre, si has encontrado esta información útil, ¡comparte este post con quien creas que puede interesarle!