Seguro de protección de pagos: Qué es y cómo reclamar si se incumple

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En posts anteriores hemos tratado otros seguros más comunes, como el de hogar o el del coche. Sin embargo, existe uno menos conocido llamado seguro de protección de pagos. Este seguro, el cual incluyen muchos bancos al firmar la hipoteca con ellos, tiene por objetivo cubrir parcial o totalmente la cuota hipotecaria ante situaciones de paro o incapacidad temporal. ¿Lo conoces? Quizás lo tengas y ni siquiera lo sepas. En este post contamos qué son estos seguros y cómo puedes reclamarlos.

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Te contamos qué es el seguro de protección de pagos y cómo reclamarlo

Qué es el seguro de protección de pagos

Como veníamos introduciendo, el seguro de protección de pagos es un seguro que cubre una parte o el total de nuestra cuota hipotecaria por un periodo si los titulares de la hipoteca quedan en paro o sufren una incapacidad temporal. Es una práctica habitual por parte de la banca incluirlo a aquellos clientes que firman una hipoteca, sobre todo durante la última década, a raíz de la precaria situación laboral que han vivido muchos españoles. Suele pagarse en una prima única, financiable dentro de la misma hipoteca, o en cuotas mensuales, con plazos de duración de generalmente 5 o 8 años.

Este seguro suele justificarse con el pretexto de que, al contratar el seguro de protección de pagos, el cliente se asegura que su hipoteca se siga pagando incluso si queda en paro y se protege de la incertidumbre económica. A continuación, veremos qué hay de cierto en esta idea y si realmente el consumidor queda protegido con este tipo de seguros.

Las coberturas del seguro de protección de pagos

No es oro todo lo que reluce y, como bien sabemos, debemos de leer muy bien las coberturas del seguro para conocer qué nos cubrirá exactamente la póliza. Por ejemplo, por lo general, la prestación por desempleo corresponde a empleados por cuenta ajena, no así a funcionarios, autónomos o empresarios. Del mismo modo, existen una serie de limitaciones que contienen este tipo de contratos como, por ejemplo, los llamados periodos de carencia.

Estos periodos pueden darse a partir de su contratación o tener lugar entre siniestros. En el primer caso, es decir, si el seguro contiene un periodo de carencia a partir de su contratación, consiste en que, si la situación de desempleo o incapacidad sucede al poco tiempo de contratar el seguro, éste no la cubre.

En el caso de los periodos de carencia entre siniestros, estos se refieren a que debe transcurrir un periodo de tiempo obligatorio entre siniestro y siniestro, es decir, entre dos situaciones de desempleo o incapacidad temporal. Por ejemplo, el seguro puede asumir solo aquellas situaciones de desempleo separadas entre sí por un mínimo de 24 meses, dejando fuera de este ámbito los contratos temporales.

También pueden darse límites máximos de cuotas consecutivas como, por ejemplo, que solo se cubran 12 cuotas hipotecarias seguidas.

Además, no todas las situaciones están cubiertas. Por ejemplo, habitualmente se excluyen situaciones de jubilación, despido procedente, baja voluntaria, embarazos, incapacidades ocasionadas por enfermedades previas a contratar el seguro… Por ello, volvemos a recalcar que es muy importante revisar de qué se hace cargo el seguro antes de aceptarlo.

Qué hacer si quiero utilizar mi seguro de protección de pagos

Si quedas incapacitado temporalmente para trabajar (por ejemplo, debido a una enfermedad) o desempleado, es hora de hacer valer tu seguro de protección de pagos.  Para ello, tendrás que solicitarle al banco y a la aseguradora información sobre el procedimiento para declarar el siniestro, el modo de hacerlo (teléfono, internet…), así como los plazos y la documentación necesaria. Si no concurren ninguna de las exclusiones mencionadas u otras presentes en tu contrato, la aseguradora deberá cubrir tu cuota hipotecaria detallando la forma del cálculo, periodicidad y el resto de detalles de la prestación.

Reclama tu seguro de protección de pagos

Tanto si el banco te niega sin justificación tu derecho a hacer valer el seguro como si el banco te incluyó este seguro a sabiendas de que nunca podrías utilizarlo ni beneficiarte de él (por ejemplo, no tenías un contrato fijo de trabajo), puedes reclamar la devolución de las primas del préstamo. ¿Cómo? Muy fácil, tan solo tienes que rellenar este breve formulario (te llevará menos de 5 minutos), estudiaremos tu caso gratuitamente y te daremos todos los detalles de tu reclamación.

No dejes que el banco se salga con la suya y recupera tu dinero.

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