¿Conoces las ventajas del divorcio exprés?

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El mal trago de enfrentarse a un divorcio se reduce con la opción del divorcio exprés que acorta los plazos y procedimientos para aquellas parejas que quieren divorciarse de manera rápida y sin tanto trámite. Un divorcio no tiene por qué ser complicado, aquí te lo contamos todo.

¿Qué es un divorcio exprés?

El divorcio “exprés”, como así se le denominó a la ley 5/2005, modificó una serie de requisitos para generar mayor rapidez a las parejas que quisieran divorciarse.

Anteriormente, para poder divorciarse había que cumplir un periodo de tiempo de al menos dos años de separación y no permitía que se pudiera hacer a través de un acuerdo. Además, había que exponer el motivo por el que se solicitaba el divorcio.

Tras este cambio, ahora existe la posibilidad de poder tramitar un divorcio sin los requisitos anteriores. Se podrá solicitar el divorcio sin necesidad de una separación anterior y solo tendrá que transcurrir tres meses desde que se produjo el matrimonio. De todos modos, este requisito de los tres meses no es necesario si se prueba que puede existir un riesgo para la vida o integridad de uno de los cónyuges o de los hijos.

Este divorcio puede cerrarse en un plazo entre dos y tres meses si se hace de mutuo acuerdo entre los cónyuges.

Requisitos del divorcio exprés

Para poder firmar un divorcio exprés hace falta cumplir una serie de requisitos:

  1. El divorcio tiene que ser de mutuo acuerdo. Para que se pueda firmar de manera rápida ambos cónyuges deben de tener claro que quieren realizarlo.
  2. Crear un convenio regulador. Este documento es un acuerdo escrito por el que se desarrollan todos los aspectos y consecuencias jurídicas que va a conllevar el divorcio, además de la voluntad de las partes de firmarlo. Este convenio lo suele realizar un abogado. No es necesario que cada cónyuge tenga su propio abogado y procurador, ambos podrán contratar un único abogado y procurador. Entre las consideraciones que deben existir están:
  • La liquidación del régimen económico del matrimonio, es decir, el reparto de los bienes que corresponda.
  • El cónyuge que se quedará con el uso de la vivienda
  • Cuidado y custodia de los hijos (quien vivirá con ellos, el régimen de visita del otro cónyuge, etc.). Es posible solicitar la custodia compartida.
  • La pensión alimenticia de los hijos y los gastos extraordinarios que deberán pagarse entre ambos cónyuges. Habitualmente, se establecen una serie de gastos adicionales a la pensión por alimentos.
  • La pensión compensatoria a uno de los cónyuges si procede. Por ejemplo, en el caso de que uno de los dos no trabaje porque se encargaba de las labores del hogar y al cuidado de los hijos.
  • Si es necesario, también el régimen de visitar de los abuelos, en caso de que se necesite regular.
  1. Tal como hemos comentado con anterioridad, tienen que transcurrir tres meses desde que se celebrara el matrimonio, ya sea a través de un matrimonio civil o por la iglesia. Si existiera riesgo para la vida o la integridad de uno de los cónyuges y/o hijos, podrá eliminarse este requisito. Por ejemplo, si existe maltrato por violencia de género.
  2. Antes del 2005, el matrimonio debía estar dos años separados antes de poder proceder con el divorcio. .

Tras esta nueva Ley, no es necesario los dos años de separación que era obligatorio con anterioridad.

  1. No hay que alegar ningún motivo o causa para solicitar el divorcio.
  2. El último domicilio conyugal del matrimonio tiene que haber sido en España, o al menos uno de los cónyuges.
  3. Tampoco hay obligación de repartir los bienes, pero una vez se dicte la Sentencia de divorcio le pertenecerá a cada cónyuge sus bienes de manera privativa.

El Divorcio ante notario

Existe otro divorcio exprés que fue regulado por ley en 2015 que se realiza directamente ante notario. Este divorcio se efectúa mediante escritura pública y solo será necesario un abogado.

Esta tipología se puede ejercer solo si ambos cónyuges deciden de mutuo acuerdo y siempre que no se tengan hijos en común o hijos por parte de uno de los cónyuges. Solamente en el caso de que los hijos sean mayores de edad o menores emancipados se podrá solicitar este divorcio ante notario, pero tendrán que prestar su consentimiento también ante notario respecto a las medidas que les afecten directamente. 

Si estás pensando en divorciarte y necesitas más información o simplemente que te ayudemos a realizar tu propio divorcio exprés, déjanos tus datos y te proporcionaremos toda la información necesaria sin compromiso.

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