Registro de marcas, patentes, diseños y obras

Existen varios mecanismos de protección para los derechos de propiedad intelectual e industrial, para evitar que personas sin licencia infrinjan los derechos exclusivos de explotación. En esta guía conocerás cómo funciona el registro de marcas, patentes, diseños y de creaciones originales.

¿Para qué sirve el Registro de Propiedad Intelectual?

El registro de una creación original tiene por objeto “la inscripción o anotación de los derechos relativos a las obras, actuaciones o producciones” con el fin de hacer público la autoría o titularidad de los derechos inscritos. También se pueden inscribir “los actos y contratos de constitución, cesión, transmisión, modificación o extinción… de derechos inscribibles” (art.1 de la Ley de propiedad intelectual). La protección actúa tanto si los derechos corresponden al autor, a un tercero al que se le hayan cedido los mismos, o a los titulares de los derechos conexos o afines.

¿Qué derechos podemos proteger con el registro?

Registrando una idea como creador, diseñador o propietario impedimos el uso o explotación por parte de terceros. Pueden ser obras artísticas, literarias, científicas o industriales divulgadas por cualquier medio o soporte. Así, las creaciones originales quedan protegidas por la Ley de propiedad intelectual, pudiendo ser registradas de forma separada según la finalidad de la protección que se busca:

Derechos de autor

Protege obras originales literarias, artísticas o científicas (incluidos programas de ordenador y bases de datos), durante la vida del autor. Tras su muerte las protege por un periodo de 70 años más, otorgándole el derecho exclusivo para la explotación. En la regulación internacional, este derecho de explotación se protege con el copyright y las licencias.

Entre los derechos de autor se incluye:

  • Creaciones escritas: libros, revistas y artículos, novelas, cuentos, poemas…
  • Obras musicales: composiciones musicales, letras de canciones, etc.
  • Creaciones artísticas: dibujo, pintura, fotografía, escultura…
  • Obras dramáticas y coreográficas: teatro, óperas y danza.
  • Películas, productos multimedia, videojuegos, programas de tv, dibujos animados…
  • Programas informáticos: lenguaje de programación informática creado por hombre (código fuente) o por máquina (código objeto).

Derechos de propiedad industrial: diseño, marca y patente

La característica principal de los derechos de propiedad industrial respecto a los derechos de autor es que la propiedad industrial, al ser corpórea puede ser transmitida. En cambio, los derechos de autor son muchas veces morales y no pueden ser transmitidos, sino sólo cedidos.

Protegen el diseño o aspecto externo del  producto, la marca que lo identifica y la patente del invento, siempre y cuando quede probado que es novedoso y tiene carácter singular. Según el derecho que se pretenda proteger, tendrá una duración diferente:

  • El diseño: se protege por un plazo renovable máximo de 25 años, impide que otros les copien.
  • La marca: el registro de marcas protege la explotación del signo distintivo compuesto por palabras, figuras, la combinación con sonidos, o incluso nombres artísticos por un plazo de 10 años renovables.
  • La patente: explotación exclusiva y excluyente de una invención durante 20 años. Las patentes pueden proteger un aparato o un producto, máquina, método de fabricación o procedimiento para conseguir el producto.

En ocasiones, un solo producto puede estar protegido por más de un tipo de propiedad intelectual. Por ejemplo, en un coche:

  • El registro de marcas comercial puede proteger el nombre y el logo del fabricante.
  • Las partes y los mecanismos del coche que hacen que el motor tenga un funcionamiento de bajo consumo pueden ser invenciones protegidas por patentes.
  • El diseño del coche (el estilo y el aspecto de sus puertas, color, ruedas…) puede ser protegido por diseños industriales.
  • Incluso el manual de funcionamiento, un texto escrito original, está protegido por el derecho de autor.

Procedimiento de registro de marcas, patentes o diseños

1. En primer lugar, conoce si tu obra, marca, patente o diseño ya existe a través del localizador de la OEPM si es a nivel nacional, o en el de la OMPI si es internacional.

2. Una vez decidido el tipo de registro (registro de marcas, derecho de autor, diseño o patente), deberás presentar una solicitud en los registros de la propiedad intelectual e industrial:

  • Nacionales: a través del servicio online de la OEPM.
  • Internacionales: mediante la web de la OMPI.
  • También son de utilidad las entidades de gestión colectiva de derechos de la propiedad intelectual del autor.

3. La solicitud debe contener una reproducción clara y detallada del derecho que se desea inscribir. Por ejemplo, si es una marca, te pedirán los colores e imagen del logotipo por la cual se va a reconocer.

4. Una vez se inicie el trámite de solicitud de registro, deberás:

  • Presentar la documentación que justifica tu titularidad.
  • Pagar las tasas correspondientes, que variarán en función de la solicitud.

Para mantener en vigor el registro del nombre comercial, el titular debe cumplir las siguientes obligaciones:

  • Usar el nombre comercial.
  • Solicitar la renovación cada 10 años, abonando la tasa.

¿Es obligatorio acudir al Registro de la Propiedad intelectual e industrial?

No, el registro es voluntario, pero si es muy recomendable, pues con él protegerás los derechos de quien sea su titular y no podrá inscribirse otro igual, aunque se oponga o sea incompatible, salvo resolución judicial en contrario.

El secreto industrial se puede proteger entre particulares y empresas sin necesidad de registro, mediante un acuerdo de confidencialidad.

De otro lado, tras la entrada en vigor de la legislación europea sobre el diseño no registrado, los derechos no inscritos tendrán su propia protección: durante 1 año para los derechos de autor y por 3 años para un diseño industrial sin necesidad de registro desde que fueran accesibles al público, es decir, publicados por cualquier medio con nombre de su autor. En caso de que alguien copie o explote tu obra o diseño sin tu consentimiento, podrás acudir a los tribunales.

Consulta con nuestros expertos para cualquier aclaración a cerca del procedimiento de registro y para la protección de creaciones no registradas.